La Justicia federal avanzó con una serie de medidas para reconstruir el patrimonio de Claudio «Chiqui» Tapia, presidente de la AFA y funcionario del CEAMSE, en el marco de la causa que investiga un presunto enriquecimiento ilícito. El juez Ariel Lijo dispuso el levantamiento de los secretos fiscal, bancario, bursátil y financiero del dirigente y ordenó veinte medidas de prueba dirigidas a distintos organismos públicos y privados.
Pedidos a organismos oficiales
El magistrado hizo lugar al requerimiento del fiscal Gerardo Pollicita y solicitó las declaraciones juradas patrimoniales que Tapia presentó durante todo el tiempo que ejerció funciones en el CEAMSE, junto con sus anexos reservados, además de informes sobre sus salidas del país y los sueldos que percibió tanto en ese organismo como en la CONMEBOL.
A la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) le pidió las declaraciones de Ganancias y Bienes Personales, datos de inscripción tributaria, bienes registrados, pasivos, facturación, retenciones y vínculos económicos vinculados a Tapia, así como información sobre inmuebles, vehículos, cuentas, participaciones societarias y bienes en el exterior. También requirió determinar si sus movimientos económicos se corresponden con los ingresos que declaró mientras cobró sueldos del CEAMSE.
El CEAMSE deberá aportar el legajo personal de Tapia, sus ingresos desde que se incorporó al organismo, los cargos ocupados y las cuentas donde recibió los pagos. Cabe recordar que la empresa —que administra los residuos sólidos urbanos del AMBA y el peaje del Camino del Buen Ayre— tuvo a Tapia como vicepresidente por la Ciudad de Buenos Aires hasta 2024 y como presidente por la provincia de Buenos Aires desde enero de 2025, de acuerdo con la denuncia del empresario Guillermo Tofoni que dio inicio al expediente.
El sistema financiero, bajo la lupa
El Banco Central deberá circular un pedido entre las entidades bajo su supervisión para determinar si Tapia mantuvo productos bancarios o crediticios en cualquier carácter —titular, cotitular, apoderado o autorizado—. De existir, los bancos tendrán que remitir el detalle de cuentas, plazos fijos, préstamos, tarjetas, cajas de seguridad y transferencias al exterior, con sus movimientos, fechas y domicilios asociados.
También se pidió información sobre billeteras virtuales, CVU y alias, mientras que la Compensadora Electrónica (COELSA) deberá reportar datos sobre transferencias y trazabilidad de fondos. La Comisión Nacional de Valores tendrá que consultar a los proveedores de servicios de activos virtuales registrados, incluyendo billeteras, movimientos y direcciones externas.
En ese sentido, el juzgado envió oficios a Binance, Ripio, Belo, Ualá, OKX y otras exchanges para que en 72 horas confirmen si Tapia operó en sus plataformas y, en caso afirmativo, remitan el legajo del cliente, cuentas vinculadas, direcciones de criptoactivos y conexiones IP. También se requirió información a Visa, Mastercard y American Express, y a empresas remesadoras como Western Union, Correo Argentino y Banco Piano sobre eventuales envíos o recepciones de dinero.
Migraciones, registros y organismos internacionales
La Dirección Nacional de Migraciones deberá informar los cruces de frontera de Tapia durante el período investigado. Las pesquisas también alcanzan a los registros de la propiedad automotor e inmobiliaria de la Ciudad y la provincia de Buenos Aires, el Registro General Inmobiliario de San Juan y los registros nacionales de buques y aeronaves, para determinar titularidades actuales e históricas de bienes a su nombre.
A nivel internacional, Lijo ordenó un exhorto a la CONMEBOL, con sede en Asunción, para que remita copia del legajo personal de Tapia, detalle los cargos que ocupó, sus ingresos y las cuentas bancarias utilizadas para los pagos.
Por último, la Unidad de Información Financiera (UIF) deberá elaborar un informe con los antecedentes que tenga registrados, incluyendo reportes de operaciones sospechosas y pedidos de unidades antilavado del exterior.
Vale aclarar que la presidencia de Tapia en la AFA —cargo ad honorem— no forma parte de esta investigación, que se circunscribe a su desempeño como funcionario del CEAMSE.



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