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La reforma laboral vuelve a regir tras un fallo judicial: los cambios claves


La reforma laboral aprobada por el Congreso retomó su vigencia luego de una decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que dejó sin efecto la medida cautelar presentada por la CGT. De este modo, más de 80 artículos que habían quedado suspendidos vuelven a aplicarse, introduciendo modificaciones en aspectos centrales del mundo laboral.

El nuevo esquema apunta a actualizar las reglas de contratación, reducir costos y sumar herramientas para la organización del tiempo de trabajo, además de cambios en la resolución de conflictos judiciales.

Uno de los puntos destacados es el llamado “banco de horas”. A partir de ahora, empleadores y trabajadores podrán acordar por escrito cómo compensar las horas extras, ya sea mediante descansos, reducción de jornadas o acumulación de tiempo. Estos acuerdos deberán respetar un mínimo de 12 horas de descanso entre jornadas y no podrán exceder los límites legales semanales. También podrán contar con la participación de los sindicatos.

En cuanto a las vacaciones, se mantiene el período tradicional entre octubre y abril, aunque se habilita la posibilidad de tomarlas fuera de esa ventana si ambas partes lo acuerdan. Además, se permite dividirlas en tramos, siempre que cada uno tenga al menos siete días consecutivos. En casos de organización interna, las empresas deberán garantizar que cada trabajador acceda a vacaciones en verano al menos una vez cada tres años.

Otro cambio relevante impacta en las indemnizaciones por despido sin causa. La base de cálculo se restringe al salario mensual habitual, dejando afuera conceptos como el aguinaldo o las vacaciones. Asimismo, la indemnización pasa a ser la única compensación y se establece un nuevo sistema de actualización de créditos laborales, que se ajustarán por inflación —según el IPC— más un 3% anual.

La norma también incorpora el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado con aportes mensuales de los empleadores, destinado a cubrir costos de desvinculación. En paralelo, se abre la posibilidad de que los convenios colectivos implementen sistemas de fondos de cese laboral con capitalización individual, que podrían reemplazar la indemnización tradicional si así se acuerda en paritarias.

Por último, se introducen cambios en el cumplimiento de sentencias judiciales. Las grandes empresas podrán pagar condenas en hasta seis cuotas mensuales, mientras que las micro, pequeñas y medianas empresas, así como empleadores individuales, tendrán un plazo de hasta doce cuotas.

QUINI