La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió de manera provisoria las multas que la Justicia había impuesto al Gobierno nacional por no cumplir con la actualización de los salarios docentes y no docentes de las universidades públicas. La decisión se conoció este jueves, apenas un día después de que se fijara la sanción y en plena jornada de la quinta Marcha Federal Universitaria.
El miércoles, el juez federal Martín Cormick había ordenado una multa de 100 mil pesos por día al jefe de Gabinete, Diego Santilli, al considerar comprobado el incumplimiento de la medida cautelar que obliga a actualizar los sueldos universitarios y a garantizar el fondo de becas según lo que establece la Ley de Financiamiento Universitario. Ese tipo de sanción, conocida en la jerga judicial como astreintes, es una multa económica que corre cada día mientras no se cumpla una orden de la Justicia.
Por qué se frenó la sanción
La multa tuvo una vida corta. Este jueves por la mañana, el equipo legal del Ministerio de Capital Humano presentó un escrito ante la Sala III, que fue aceptado. En su apelación, el Gobierno sostuvo que la cautelar ya estaba cumplida en su totalidad, y la Cámara ordenó al juzgado de primera instancia que tramite el recurso con efecto suspensivo.
En términos simples, eso significa que mientras se resuelve la apelación, Santilli no deberá pagar la multa. Desde el propio Gobierno explicaron que, si bien la Cámara no se expidió de manera expresa sobre ese punto, la concesión del recurso deja en suspenso las astreintes.
La sanción había sido dictada horas antes de la marcha universitaria convocada para reclamar la aplicación de la ley. Si bien en un principio alcanzaba solo al jefe de Gabinete, Cormick había advertido que podía modificar el monto y sumar a otros funcionarios. La decisión llegó, además, después de dos advertencias previas al Ejecutivo, que había recibido un plazo de cinco días para cumplir.
Qué dice cada parte sobre los salarios
El Gobierno asegura que los aumentos otorgados desde diciembre de 2023 llevaron la mejora acumulada de los sueldos universitarios al 226,80 %, por encima del 226,40 % que, según su cálculo, correspondía para el período comprendido entre diciembre de 2023 y agosto de 2025. Esa cuenta incluye una suba del 21,33 % aplicada en junio de este año.
La orden judicial, en cambio, exige ajustar los salarios según la inflación medida por el Índice de Precios al Consumidor entre enero de 2023 y julio de 2025, lo que representaría un incremento del 40,25 % sobre los básicos liquidados en julio del año pasado. La ley también prevé una actualización mensual de los haberes según la inflación y la recomposición de las becas estudiantiles, puntos que el juez consideró incumplidos.
El Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) fue el que solicitó las multas, al argumentar que el Estado seguía sin cumplir la cautelar, que había sido confirmada por la Corte Suprema de Justicia el 25 de junio. La entidad recordó que el plazo original se venció y fue prorrogado por el mismo término sin que se concretaran los pagos.
Del otro lado, el Gobierno sostiene que la medida afecta el funcionamiento del Estado porque lo obliga a pagar sin que estén definidos con precisión los montos adeudados ni el alcance real de la obligación. También señaló que la orden no fija una cifra ni un porcentaje que permita darla por cumplida y que el 21 de septiembre presentó un informe con las acciones realizadas.
La causa de fondo sigue abierta
Más allá de la suspensión de las multas, la cautelar continúa vigente mientras la Cámara analiza el expediente principal, donde se discute la validez del decreto 759/2025, la norma que condicionó la puesta en marcha de la Ley de Financiamiento Universitario. Cormick ya había declarado inconstitucional una cláusula de ese decreto y concedió la apelación del Estado, aunque sin efecto suspensivo, por lo que el expediente quedó en manos del tribunal de alzada.


Seguinos