Judiciales

Caso Ríos Artacho: la Cámara confirmó la prisión preventiva del exfiscal y de otros cuatro imputados


La camarista Carolina Hernández confirmó este lunes la prisión preventiva efectiva del exfiscal Mariano Ríos Artacho y de otros cuatro imputados en la causa por asociación ilícita que investiga el desvío de al menos 425 millones de pesos de cuentas judiciales. La resolución también ratificó la calificación legal del caso y dejó un mensaje hacia adentro del Ministerio Público de la Acusación (MPA): la jueza valoró que el propio organismo haya expuesto las fallas de sus controles internos y busque determinar las responsabilidades de lo ocurrido.

Además del exfiscal, seguirán detenidos el abogado Emilio Barcaccia, Fabricio Romero, Gustavo Cesaretti y Julio Mercado, quienes habían apelado la decisión de primera instancia. En un fallo de 22 fojas, Hernández rechazó el argumento de las defensas, que pretendían analizar por separado las llamadas, los viajes, las transferencias y los vínculos de amistad entre los acusados y el exintegrante del MPA. Para la magistrada, una asociación ilícita no necesita un acuerdo formal entre sus miembros: alcanza con demostrar una secuencia organizada de maniobras.

Cómo funcionaba el esquema

La camarista dio por acreditado el mecanismo que expusieron los fiscales Adrián Spelta y Carla Cerliani, organizado en cinco fases. Primero se identificaban fondos depositados en cuentas judiciales que estaban bajo responsabilidad del entonces fiscal, y después se redactaban oficios para que la extracción de ese dinero pareciera legal. A partir de ahí, los fondos se giraban a cuentas propias, de terceros o de familiares, circulaban y se reenviaban en parte, a veces de regreso a Ríos Artacho. Cuando hacía falta, el último paso era recomponer los saldos de las cuentas judiciales para que el faltante no quedara a la vista.

En esa estructura, Hernández confirmó que el exfiscal ocupaba el rol de jefe, con una función central que le daban las facultades institucionales de su cargo. Sobre la ludopatía que planteó su defensa, la jueza sostuvo que podría explicar el motivo de las maniobras, pero de ningún modo justifica un plan delictivo sostenido en el tiempo. Tampoco aceptó que el resto de los acusados ignorara lo que hacía: según el fallo, había señales evidentes, como el uso de CBU asociados a carátulas de causas judiciales y el cobro de dinero bajo conceptos como “reparaciones” o “restituciones”.

El mensaje hacia el Ministerio Público

Uno de los pasajes más destacados de la resolución apunta al funcionamiento del propio MPA, el organismo en el que se habrían gestado los hechos. “Considero auspicioso que sea el propio Ministerio Público de la Acusación quien investigue hechos que se vislumbran producidos en su seno, exponga las falencias de sus mecanismos de control y procure determinar y depurar las responsabilidades que correspondan, sin ocultar ni minimizar las prácticas espurias que pudieran haber aprovechado esas debilidades o déficits orgánicos”, escribió la camarista. Y cerró con una definición: “El saneamiento institucional no se obtiene ocultando las falencias, sino identificándolas, investigándolas, corrigiéndolas, y en su caso, sancionándolas”.

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