Se acerca el cobro de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido popularmente como aguinaldo. El beneficio representa un ingreso extra clave para millones de trabajadores registrados, jubilados y pensionados, y ayuda a reforzar el poder adquisitivo en el actual contexto de inflación.
¿Qué es el aguinaldo?
El SAC está establecido por ley y consiste en un salario extra que se abona en dos cuotas anuales: una en junio y otra en diciembre. El monto equivale al 50% del mejor sueldo mensual recibido durante cada semestre. Para acceder, el trabajador debe estar registrado en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
¿Quiénes cobran el aguinaldo?
El beneficio alcanza a trabajadores en relación de dependencia del sector privado, empleados de la administración pública y personal de empresas del Estado. También lo perciben jubilados y pensionados, y quienes tienen contratos fijos, temporales o por proyecto, siempre que hayan prestado servicios durante el semestre. Las vacaciones y licencias con goce de sueldo se consideran períodos trabajados. Quedan excluidos los trabajadores informales, monotributistas y personas sin aportes registrados.
¿Cuándo se paga?
La primera cuota debe abonarse hasta el 30 de junio de 2026. La legislación contempla un plazo de gracia de hasta cuatro días hábiles, por lo que algunas empresas podrán acreditar el pago hasta el lunes 6 de julio sin recibir sanciones inmediatas.
Para jubilados y pensionados de ANSES, el aguinaldo se deposita junto con los haberes mensuales. El cronograma se extiende del 8 al 29 de junio y varía según la terminación del DNI y el tipo de prestación.
¿Cómo se calcula?
Para quienes trabajaron el semestre completo, el cálculo es simple: se toma el salario más alto entre enero y junio de 2026 y se divide por dos. Si el mejor sueldo fue de $1.200.000, el aguinaldo será de $600.000.
Quienes no completaron los seis meses cobran de forma proporcional al tiempo trabajado: se divide el mejor salario por 12 y se multiplica por la cantidad de meses trabajados.
El cálculo incluye horas extras, comisiones, premios y otros adicionales salariales. Las inasistencias injustificadas sin goce de sueldo reducen el monto final. Durante la licencia por maternidad, no se genera aguinaldo sobre el período cubierto por ANSES, ya que la remuneración pasa a estar a cargo del Estado.


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