Un fallo judicial en La Rioja generó fuerte repercusión tras condenar a una mujer a indemnizar a su ex pareja con una suma cercana a los 30 millones de pesos por hostigarlo e insultarlo de manera sistemática en redes sociales.
La causa se originó luego de la ruptura de la relación, cuando la mujer comenzó a realizar publicaciones ofensivas tanto desde sus perfiles personales como a través de cuentas falsas. Durante años, difundió mensajes con el objetivo de dañar la imagen del hombre en su entorno social y laboral, incluyendo insultos reiterados como “cornudo” y otras descalificaciones.
De acuerdo con lo que se probó en el expediente, el accionar no fue aislado sino sostenido en el tiempo, lo que configuró un caso de hostigamiento digital. Las publicaciones incluso incluyeron acusaciones falsas que agravaron el perjuicio a la reputación de la víctima, quien se desempeñaba como policía y vio afectada su carrera profesional.
La Justicia determinó que existió un daño al honor y fijó una reparación económica que, con la actualización de intereses, asciende a unos 30 millones de pesos. Además, el fallo estableció una medida particular: la mujer deberá publicar la sentencia en los mismos espacios donde había difundido los agravios, replicando así el alcance del daño causado.
Otro punto relevante del caso es que también se analizó una denuncia por violencia de género presentada por la mujer, la cual fue desestimada tras la investigación correspondiente, al no encontrarse elementos que la respaldaran.
El fallo es considerado inédito y sienta un precedente sobre las consecuencias legales de los ataques y difamaciones en redes sociales, marcando un límite claro respecto al uso de estas plataformas y la responsabilidad sobre los contenidos publicados.


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