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Monotributo: hasta cuándo hay tiempo para recategorizarse en agosto 2026


Los monotributistas tienen hasta el 5 de agosto para recategorizarse sin penalidades, luego de que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializara las nuevas escalas del régimen simplificado, con una actualización del 16,8% tanto en los topes de facturación como en las cuotas mensuales.

Las nuevas escalas entrarán en vigencia desde el 1 de agosto, aunque el impacto en el bolsillo recién se sentirá con el pago del 20 de agosto, fecha en la que vence la cuota mensual con los valores actualizados. El ajuste responde a la inflación acumulada durante el primer semestre del año, según los datos difundidos por el INDEC.

Quiénes tienen que recategorizarse antes del 5 de agosto

No todos los monotributistas están obligados a hacer el trámite. Deben revisar su situación quienes hayan tenido variaciones, en los últimos 12 meses, en alguno de estos parámetros:

  • Ingresos brutos
  • Alquileres devengados
  • Superficie afectada a la actividad
  • Consumo de energía eléctrica

En cambio, no es necesario recategorizarse si el contribuyente mantiene los mismos parámetros que en el semestre anterior, ni tampoco si todavía no cumplió seis meses calendario desde el inicio de su actividad.

Para agilizar el proceso, ARCA mantiene disponible la recategorización simplificada, una modalidad que muestra automáticamente la facturación anual registrada y está pensada para quienes solo facturan a través de puntos de venta electrónicos y ya tienen 12 meses completos dentro del régimen.

Cómo hacer la recategorización paso a paso

El trámite se realiza de forma online y son seis pasos:

  1. Ingresar al portal de ARCA con CUIT y clave fiscal.
  2. Acceder al servicio Monotributo.
  3. Seleccionar la opción «Recategorizarme».
  4. Revisar la información disponible y hacer clic en «Continuar recategorización».
  5. Actualizar los datos, si corresponde.
  6. Confirmar el trámite y descargar el formulario F.184 junto con la nueva credencial de pago.

Qué pasa si no hago el trámite a tiempo

ARCA advirtió que puede aplicar una recategorización de oficio cuando detecta diferencias entre la categoría declarada por el contribuyente y otra información fiscal disponible —como compras, gastos o acreditaciones bancarias— que resulte incompatible con los ingresos permitidos para esa categoría.

En esos casos, el organismo notifica la decisión a través del Domicilio Fiscal Electrónico. Si el monotributista considera que la recategorización de oficio no corresponde, puede presentar una apelación mediante el servicio Presentaciones Digitales, dentro de los plazos que fija la normativa.

Con el plazo corriendo hasta el 5 de agosto, ARCA recomienda a los contribuyentes revisar a tiempo su situación fiscal para evitar inconsistencias y arrancar septiembre con la categoría correcta.

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