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Cambios en los Vouchers Educativos: durante 2026 no se dará de baja el beneficio por cuotas impagas


El Gobierno nacional modificó una de las condiciones del programa Vouchers Educativos y resolvió que, durante todo 2026, los beneficiarios no perderán la asistencia por mantener deudas con las cuotas escolares. La medida fue oficializada este jueves mediante una resolución de la Secretaría de Educación, publicada en el Boletín Oficial.

Qué cambia
La decisión suspende por este año la aplicación de dos artículos del reglamento del programa. Por un lado, las instituciones educativas ya no deberán informar mensualmente qué familias beneficiarias registran cuotas impagas. Por otro, queda sin efecto la disposición que establecía la baja del beneficio para quienes acumularan tres o más cuotas adeudadas.

Cómo funcionaba antes
Hasta ahora, el reglamento establecía que el voucher se suspendía al adeudar dos cuotas, aunque podía recuperarse con efecto retroactivo una vez regularizada la situación. Si la deuda llegaba a tres cuotas, en cambio, la prestación quedaba cancelada.

Los fundamentos de la medida
En los fundamentos de la resolución, el Ministerio de Capital Humano explicó que la modificación busca evitar que «no se vean afectadas las trayectorias educativas de los beneficiarios», considerando que el ciclo lectivo ya está en curso.

Si bien la norma no menciona la situación económica como motivo de la decisión, en la práctica flexibiliza uno de los requisitos para conservar el beneficio y evita que las familias con dificultades para mantenerse al día con las cuotas pierdan la asistencia estatal.

Qué no cambia
La modificación no altera el resto de las condiciones del programa. Continúan vigentes los requisitos vinculados con el nivel de ingresos del grupo familiar, la condición de alumno regular y las demás causales previstas para acceder y mantener el beneficio.

Sobre el programa
Los Vouchers Educativos fueron creados en 2024 y están destinados a familias con hijos de hasta 18 años que asisten a establecimientos de gestión privada con al menos un 75% de aporte estatal, y cuyos ingresos no superen los siete salarios mínimos, vitales y móviles.

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