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Previo a su show en Rosario, piden retomar el juicio al Pity Álvarez por homicidio


Antes de su show en la ciudad, el próximo 9 de mayo, la Justicia solicitó que se reanude de forma inmediata el proceso penal por el cual estaba siendo juzgado el cantante Cristian “Pity” Álvarez por el crimen de su vecino Cristian Maximiliano Díaz. El hecho tuvo lugar el 12 de julio de 2018 en el barrio porteño de Villa Lugano y su debido juicio fue suspendido en 2021.

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En este contexto, la defensa de Álvarez planteó que su cliente atraviesa un grave cuadro de salud mental y presentó una nueva solicitud para que se realice una evaluación neuropsicológica profunda sobre el acusado. El fiscal Sandro Abraldes, titular de la Fiscalía Nacional N°27, rechazó esta solicitud al considerarla una estrategia para bloquear indefinidamente la reanudación del proceso penal.

Además, refirió al inminente recital en Rosario, que no daría cuenta de un impedimento funcional ni en el proyecto de vida, ni en las actividades económicas, ni en la rutina cotidiana del músico. Por este motivo, Abraldes solicitó que se fije fecha para el juicio oral y público.

En relación a esto, se propuso que las audiencias no duren más de 3 horas por jornada, límite que coincide con la duración del último recital en Córdoba, lo que serviría para medir la tolerancia real del acusado a contextos demandantes.

Estudios previos

El tribunal tiene en su poder dos peritajes distintos para evaluar si Álvarez puede participar o no del debate oral. El primero, de la Fiscalía, corresponde al Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional, y en él se sostiene que el acusado presenta un “trastorno cognitivo leve multidominio”, con antecedentes de consumo problemático de sustancias, pero sin riesgo inmediato para sí o terceros. Además se detalló que el cantante realiza un tratamiento psiquiátrico con baja frecuencia y asistencia irregular.

El segundo, de los peritos de la defensa, corresponde al Cuerpo de Peritos y Consultores Técnicos de la Defensoría General de la Nación, y en él se reconocen los antecedentes de consumo y la necesidad de tratamiento, pero se discrepa en la gravedad del estado cognitivo. De acuerdo a este informe, el imputado presenta un “trastorno neurocognitivo mayor de grado leve” y no puede garantizarse que sostenga un nivel adecuado de atención y comprensión “a lo largo del proceso penal”.

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