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Qué delitos podría haber cometido el padre de Tini Stoessel, según un abogado penalista


Tini Stoessel y su padre, Alejandro Stoessel, negocian la reorganización del patrimonio construido durante más de quince años de carrera artística, luego de que una auditoría privada determinara que la cantante, de 29 años, al parecer no tiene participación accionaria ni control sobre las sociedades que administran los ingresos generados por su música, su imagen y sus contratos comerciales. La información fue confirmada por los abogados de la misma.

Qué encontró la auditoría

Según el relevamiento, la totalidad de los derechos económicos de la carrera de Tini está a nombre de compañías de las que ella no es titular ni siquiera parcialmente, y hasta hace pocos meses tampoco tenía acceso a una cuenta bancaria propia: recién en junio de 2026, con intervención de sus abogados, logró disponer de una a su exclusivo nombre. La auditoría también señaló que existen álbumes comprometidos para los próximos años sin un contrato que le garantice participación en esas ganancias futuras.

Qué dice la ley sobre la representación de un menor

Para entender el marco legal del conflicto, el abogado penalista Leonardo Sigal explicó cómo funciona la representación de un artista menor de edad. Según detalló, el Código Civil habilita a que sea un adulto responsable —en este caso, el padre— quien firme los contratos comerciales en nombre de un hijo que todavía no puede hacerlo por sí mismo, una potestad que se extingue cuando el joven cumple 18 años. Sigal remarcó que la existencia de sociedades a nombre de un representante no constituye, por sí sola, una irregularidad: este tipo de estructuras suele crearse para organizar el aspecto patrimonial de carreras artísticas de estas características.

Asimismo, el letrado precisó que la cuestión legal podría tomar otro cariz si la auditoría, actualmente en manos de un estudio jurídico-contable privado, determinara un perjuicio patrimonial hacia la artista. En ese escenario, explicó, entrarían en juego los artículos 172 y 173 del Código Penal, que contemplan los delitos de defraudación y administración fraudulenta. A eso se sumaría una posible revisión de la situación impositiva de las sociedades involucradas, en caso de detectarse irregularidades frente al Estado.

Cómo seguiría el proceso si llega a la Justicia

Sigal aclaró además cómo continuaría el trámite si el caso llegara a esa instancia: la fiscalía no tomaría como válida una auditoría privada, sino que ordenaría su propia pericia con los organismos correspondientes, mientras que la parte querellante impulsaría paralelamente su propia investigación. Según el abogado, tanto la defraudación como la administración fraudulenta prevén penas de uno a seis años, y si se comprobara que hubo varias maniobras de ese tipo, podrían aplicarse en concurso real, lo que elevaría el piso de la pena mínima.

Por el momento, no hay ninguna denuncia penal formal contra Alejandro Stoessel. Padre e hija continúan negociando la reorganización del patrimonio y el cierre definitivo del vínculo de representación que mantuvieron durante más de quince años.

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