La Sala Quinta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario confirmó el rechazo de la medida cautelar que buscaba frenar las obras del Parque Acuático y, además, declaró inadmisible la demanda presentada por Juan Monteverde y otros tres concejales de Ciudad Futura. Con esta decisión, el tribunal resolvió tanto el pedido de paralización como la cuestión de fondo, y las obras continúan.
La Cámara coincidió con el argumento que la Municipalidad había planteado desde el principio: las diferencias políticas no deben trasladarse a los tribunales. En la resolución, los jueces sostuvieron que la Justicia “no es un tercer ámbito de deliberación a disposición de las minorías ni una instancia revisora de la política”, y advirtieron que aceptar este tipo de planteos implicaría “convertir a los jueces en árbitros de las disputas políticas internas”.
Los argumentos del tribunal
Uno de los puntos centrales del fallo fue que un grupo de concejales intentara frenar una obra pública por la vía judicial sin que el propio Concejo Municipal hubiera impulsado ese reclamo de manera institucional. Para los magistrados, ninguno de los cuatro ediles demostró haber sufrido un perjuicio propio que justificara llevar el tema a la Justicia, y las pruebas que ofrecieron eran, en su mayoría, iniciativas que ellos mismos habían presentado en el Concejo.
“El hecho que se propone probar no es un perjuicio sufrido por los actores, sino la afectación a las atribuciones del Concejo”, señala la resolución. El tribunal también remarcó que los propios demandantes reconocían al cuerpo legislativo como el ámbito donde debía discutirse el conflicto.
El cambio de postura sobre Costa Norte
La Cámara también analizó el alcance del pedido sobre las obras de Costa Norte. Al principio, los concejales solicitaron frenar toda la intervención, pero después aclararon que solo buscaban detener el Parque Acuático y que el resto de las mejoras podía seguir adelante.
Según el fallo, ese cambio no vino acompañado de una modificación formal del pedido ni de estudios que probaran que las obras podían separarse. El juez Galfré señaló que “esa precisión no fue acompañada por una reformulación del objeto de la cautelar”, ni por estudios técnicos que demostraran “la factibilidad de la separación de la obra”.
En contra del dictamen de la Procuración
La decisión también fue en sentido contrario al dictamen de la Procuración de Segunda Instancia, que había recomendado admitir el recurso de Monteverde y que los concejales habían presentado públicamente como un respaldo a su reclamo. La Cámara recordó que esa opinión no era vinculante y terminó declarando inadmisible la demanda. Así, el tribunal ratificó que las disputas entre los órganos de gobierno deben resolverse por los mecanismos institucionales correspondientes.

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