La Legislatura de Santa Fe sancionó este jueves de manera definitiva la ley de Ficha Limpia para las contrataciones públicas, aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados durante una breve sesión sin intervenciones. El proyecto había obtenido media sanción en la Cámara baja durante 2025, pero debió regresar a Diputados luego de que el Senado introdujera modificaciones. Con la ratificación de este jueves, la norma quedó convertida en ley.
La iniciativa establece que, en los procedimientos de contratación realizados por el Estado santafesino, deberá acreditarse la inexistencia de determinados antecedentes penales de las personas humanas, los integrantes de los órganos de administración y fiscalización de personas jurídicas, los representantes de uniones transitorias de empresas y los socios de las firmas que las integran.
La exigencia alcanzará a las contrataciones realizadas bajo la Ley de Obra Pública, la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado y cualquier otro régimen normativo provincial.
Para participar de los procesos de selección, los oferentes deberán presentar el certificado emitido por el Registro Nacional de Reincidencia que acredite no registrar antecedentes por delitos vinculados a la administración pública, el orden económico y financiero, delitos contra las personas, la integridad sexual, la libertad, la propiedad y el orden constitucional. Además, antes de cada adjudicación, el organismo contratante deberá verificar electrónicamente la vigencia de esa información.
La autora de la iniciativa, la diputada socialista Lionella Cattalini, sostuvo que «en un Estado democrático, el régimen de contrataciones de bienes, servicios y obras públicas debe tener en cuenta los tres objetivos de la democracia: el desarrollo humano, la eficiencia y la transparencia». Argumentó que al principio de transparencia se suma el de la «idoneidad moral o ética» de quienes pretenden contratar con el Estado, señalando que «no pudiendo concebirse en el marco de un Estado Democrático de Derecho que participen en los procedimientos de selección sujetos que acrediten condenas» por los delitos contemplados.


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