En la tarde de este viernes el jurado popular decidió por unanimidad condenar a Aníbal C. de 62 años por el femicidio de Natalia Ocampo, su exesposa, y el homicidio de su pareja, César Valenzuela, en el Centro de Justicia Penal de la ciudad. En los próximos días deberá realizarse la audiencia de cesura en la que las partes deberán aportar pruebas y la jueza Eleonora Verón determinará el monto de la pena.
El fiscal Alejandro Ferlazzo de la Unidad Especializada en Violencias Altamente Lesivas (UVAL) representó al Ministerio Público de la Acusación (MPA) en el debate y solicitó la pena de prisión perpetua para el acusado.
Los hechos atribuidos se enmarcan en lo ocurrido el 6 de abril del 2025 aproximadamente a las 13:45hs en Uruguay al 5300 de Rosario, lugar donde funcionaba una pensión y habitaba quien era la esposa del condenado, Natalia Ocampo, la cual se encontraba en proceso de separación con el acusado. Una vez en el interior, al que accedió mediante las llaves que le sustrajo a su expareja, se dirigió a la planta alta donde se encontraba con su actual pareja César Valenzuela. Allí pateó una puerta divisoria del ambiente, permitiendo el acceso al sector del living-cocina, y efectuó por lo menos ocho disparos con una pistola Bersa calibre 9mm a ambas víctimas.
En primer lugar le efectuó a la mujer dos disparos en el cráneo y otro en el cuerpo, luego otros cinco disparos al hombre, en el cráneo y cuerpo, luego de un forcejeo con el mismo. Natalia Ocampo falleció por daño cráneo encefálico grave por proyectiles de arma de fuego, y César Valenzuela por shock hipovolémico por lesiones viscerales y vasculares cervicales y torácicas por proyectiles de arma de fuego. Luego se retiró y ocultó el arma de fuego en el domicilio de un familiar.
La conducta fue en contra de su exesposa con la que mantuvo una relación de aproximadamente 18 años, dentro de un contexto de violencia género que se remontan desde el comienzo del vínculo. En fecha 26 de marzo de 2025, se dispuso una prohibición de acercamiento hacia la misma y a su domicilio. Esta prohibición fue cautelar por el plazo de 72 horas, estando notificado. Después se dio intervención al Juzgado de Familia correspondiente.
Asimismo, se atribuye haber portado sin la debida autorización legal, un arma de fuego tipo pistola Bersa cal. 9 mm, con numeración suprimida. Asimismo, haber recibido dicha arma de fuego previo a los hechos relatados, conociendo que es un bien registral y que al estar su numeración suprimida, la misma provenía de un hecho ilícito.


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